El entorno de sanciones relacionadas con Venezuela continúa evolucionando, pero no en la dirección de una apertura amplia y automática, como algunos actores del mercado han sugerido. Muy por el contrario, la tendencia actual de la política sancionatoria de Estados Unidos apunta a una aplicación selectiva, altamente técnica y con un énfasis renovado en la trazabilidad, la documentación y la gobernanza del riesgo.
En una reciente conversación privada liderada por Javier Coronado, socio de Diaz Reus International Law Firm, se analizaron los principales desarrollos regulatorios y de ejecución que marcarán el inicio de 2026, así como los errores más comunes que pueden incrementar significativamente la exposición legal, financiera y reputacional de empresas con vínculos directos o indirectos con Venezuela.
Este artículo resume los puntos clave de dicha conversación, con un enfoque práctico para equipos legales, de cumplimiento, finanzas y alta dirección.
Lo esencial en un minuto
• La ejecución de sanciones de EE. UU. sigue concentrada en el comercio petrolero vinculado a Venezuela, incluidas redes logísticas, embarcaciones y esquemas utilizados para evadir sanciones.
• Se aproxima un hito regulatorio concreto: la Licencia General 5T de OFAC entra en vigor el 3 de febrero de 2026, con impacto específico en ciertas operaciones relacionadas con el bono PdVSA 2020 (8.5%).
• Las señales de “apertura” deben interpretarse con cautela: el panorama actual apunta a autorizaciones y waivers selectivos, no a un alivio generalizado del régimen sancionatorio.
1. Venezuela: la ejecución de sanciones sigue anclada al comercio petrolero y las redes marítimas
¿Qué ocurrió?
El 31 de diciembre de 2025, el Departamento del Tesoro de EE. UU., a través de la OFAC, anunció nuevas sanciones dirigidas a actores involucrados en el comercio petrolero vinculado a Venezuela. El comunicado puso especial énfasis en el uso de una “flota en la sombra”, identificando embarcaciones y activos marítimos asociados como propiedad bloqueada.
¿Por qué importa?
Para compañías de los sectores de energía, trading, transporte marítimo, seguros, banca y logística, el riesgo sancionatorio rara vez se limita a un nombre específico incluido en una lista. La exposición suele surgir a lo largo de toda la cadena de valor, incluyendo:
• Embarcaciones utilizadas para el transporte de crudo.
• Cambios recientes en propiedad o control.
• Operadores y administradores de buques.
• Rutas, puertos y estructuras de pago.
• Intermediarios financieros o contractuales.








































































































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