El 29 de enero de 2026, el presidente Donald J. Trump firmó una nueva Orden Ejecutiva titulada “Abordando las amenazas a los Estados Unidos por parte del Gobierno de Cuba”, declarando una emergencia nacional con respecto a Cuba (la “O.E.”). La O.E., que entró en vigor a las 12:01 a. m. EST del 30 de enero de 2026, autoriza al gobierno de los Estados Unidos a imponer aranceles ad valorem a las importaciones procedentes de países extranjeros que, directa o indirectamente, vendan, transfieran o de cualquier otro modo proporcionen petróleo a Cuba.
El presidente Trump determinó que las políticas, prácticas y acciones del Gobierno de Cuba representan una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos. En consecuencia, la O.E. adopta una respuesta económica destinada a disuadir conductas que apoyen o beneficien al régimen cubano y a reforzar los objetivos de seguridad nacional y política exterior de los Estados Unidos.
La O.E. establece un marco arancelario conforme al cual los bienes importados a los Estados Unidos que sean productos de cualquier otro país que, directa o indirectamente, venda o de cualquier otro modo proporcione petróleo a Cuba, podrán estar sujetos a un arancel ad valorem adicional. La Secretaría de Comercio, en consulta con la Secretaria de Estado, tendrá la responsabilidad de determinar si un país extranjero ha incurrido en dicha conducta. Tras una determinación afirmativa, la Secretaría de Estado, en coordinación con el Departamento del Tesoro, el Departamento de Comercio, el Departamento de Seguridad Nacional y el Representante de Comercio de los Estados Unidos, determinará si deben imponerse aranceles adicionales y en qué medida, sujeto a la consideración y aprobación final del presidente.
Asimismo, la Secretaría de Estado y la Secretaría de Comercio están autorizadas a adoptar todas las acciones necesarias, incluida la emisión de normas, reglamentos de implementación y directrices, o a realizar cualquier determinación necesaria para implementar el sistema arancelario y las medidas relacionadas.
Comentario de DRT
La O.E. tiene implicaciones significativas para las empresas que operan en los sectores de energía y comercio internacional, ya que la definición de “indirectamente” vender o proporcionar petróleo a Cuba es muy amplia. El término “indirectamente” incluye ventas o transferencias realizadas a través de intermediarios o terceros países, con conocimiento de que el petróleo podría, en última instancia, ser suministrado a Cuba. Esta definición incrementa la exposición legal para las empresas involucradas en el comercio global de energía y en el transporte y la logística. Incluso entidades sin relaciones comerciales directas con Cuba pueden enfrentar un mayor riesgo si sus actividades involucran contrapartes, intermediarios o cadenas de suministro conectadas con transacciones de petróleo relacionadas con Cuba. En consecuencia, las entidades que participan en actividades globales de energía y comercio deben revisar cuidadosamente sus transacciones, contrapartes y cadenas de suministro para asegurar el cumplimiento de la O.E.
DRT tiene amplia experiencia asesorando a personas y organizaciones internacionales en materia de sanciones y cumplimiento en comercio internacional, incluyendo el asesoramiento a clientes sobre requisitos regulatorios en evolución y riesgos de cumplimiento. Este trabajo incluye, entre otras cosas, evaluaciones de cumplimiento, el diseño e implementación de Programas de Cumplimiento de Sanciones a la medida, así como asesoría continua en materia de cumplimiento y estrategias de mitigación de riesgos.
* Por Michael Diaz, Jr., Javier Coronado Diaz, IIsabela Hernández-Peredo Martínez.
** Este boletín no pretende servir como asesoramiento legal. No se pretende emitir opiniones legales, ni debe inferirse ninguna. Le invitamos a ponerse en contacto con nosotros para discutir soluciones legales adaptadas a sus necesidades y a las circunstancias específicas de su situación.












































































































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