El 17 de abril de 2019, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (“OFAC”, por sus siglas en inglés) incluyó al Banco Central de Venezuela en su Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista “SDN”, por sus siglas en inglés) conforme a la Orden Ejecutiva 13850 emitida el 1 de noviembre de 2018 por el presidente Donald J. Trump, por “operar en el sector financiero de la economía de Venezuela”. En consecuencia, toda propiedad o interés en propiedad de esta institución financiera que se encuentre dentro de, o transitando por, la jurisdicción de EE.UU. ha sido bloqueada. Adicionalmente, si no están autorizadas por una licencia general o especifica emitida por la OFAC, las personas de EE.UU. tienen prohibido participar en transacciones con esta institución financiera o con entidades en las que ella tenga, directa o indirectamente, un 50% o más de interés accionario.
En la misma fecha, la OFAC modificó las siguientes licencias generales: i) “3D Autorizando las Transacciones Relacionadas con, Disposiciones de Financiamiento para, y Otras Negociaciones en Ciertos Bonos”; ii) “4A Autorizando Transacciones de Nueva Deuda y Transacciones que Involucren a Ciertos Bancos Relacionados con la Exportación o Reexportación de Productos Agrícolas, Medicinas, Dispositivos Médicos, o Piezas de Repuesto y Componentes”; iii) “9C Autorizando Transacciones Relacionadas con Ciertos Títulos Valores; iv) “15 Autorizando Transacciones Prohibidas por la Orden Ejecutiva 13850 que Involucren a Ciertos Bancos Para Ciertas Entidades”; v) “16 Autorizando la Continuación de Cuentas de Personas de EE.UU. y Remesas Personales, no Comerciales, que Involucren a Ciertos Bancos.”
Adicionalmente, la OFAC emitió dos nuevas licencias generales: la “19 Autorizando Ciertas Actividades Necesarias Para Liquidar las Operaciones o Contratos Existentes que Involucren al Banco Central de Venezuela”; y la “20 Autorizando las Actividades Oficiales de Ciertas Organizaciones Internacionales que Involucren al Banco Central de Venezuela”.