Cómo EE. UU. ha aumentado los controles financieros en solo 6 meses a Centroamérica

Las autoridades de Estados Unidos han enviado los mensajes a los países del Triángulo Norte de Centroamérica en los últimos seis meses sobre la utilización de los instrumentos de sanción establecidos en la Ley Global Magnitsky.
Se esperaría la publicación de personajes involucrados en casos de corrupción próximamente, según el criterio de especialistas que participaron en foro empresarial.
Una persona o empresa que sea señalada en la Ley Magnitsky que sea proveniente de Guatemala, El Salvador y/o Honduras, tendría implicaciones sancionatorias, expusieron especialistas durante el foro “Acciones de EE. UU. contra la corrupción y el lavado de dinero: Consecuencias para las inversiones, negocios y empresas”, que organizó la Cámara de Comercio Guatemalteco-Americana (AmCham).
Tan solo el pasado 27 de junio finalizó el periodo de 180 días -seis meses- que estableció el Congreso de Estados Unidos, para presentar una estrategia de cinco años para reducir la migración irregular del Triángulo Norte de Centroamérica, y parte de esas acciones deberán incluir en un apartado “no clasificado” de personas que hayan participado en corrupción, obstrucción significativa a las investigaciones, o en procesos que socaven las instituciones democráticas, informe que se le conoce como “Lista Engel”.

Presión por sanciones
El colombiano Javier Coronado, experto en temas de lavado de dinero, declaró que se ha observado un incremento en la atención de EE. UU. frente a los fenómenos de corrupción y lavado de dinero en Centroamérica, e ilustró que en los últimos seis meses se han incrementado las acciones encaminadas a atacar los fenómenos delictivos.

Entre esas acciones que aprobó el Congreso de EE. UU. en diciembre del 2020 se encuentra que el Departamento de Estado deberá presentar una serie de informes y documentos sobre la situación en la región, y dentro de esos requerimientos están las investigaciones por corrupción y lavado de dinero, y los posibles participantes en estas actividades.

“La esperada Lista Engel saldrá atendiendo el plazo que le puso el Congreso al Departamento de Estado para presentar este reporte. El Congreso le dio autoridad adicional al Departamento del Tesoro para imponer sanciones en contra de las personas que han participado en hechos de corrupción, sobornos, extorsión o facilitación de transferencias de dinero proveniente de corrupción”, subrayó el experto.

Coronado advirtió en el foro que las personas que salgan en la “Lista Engel” serán sujetas a estas sanciones.

Planes de cumplimiento
El abogado Michael Díaz, Jr, de la firma Díaz Reus de Estados Unidos, declaró que todas estas herramientas siempre se han tenido por parte los departamentos de Estado y del Tesoro, pero lo nuevo es que “por fin van a hacer cumplir estas leyes utilizando mecanismos antilavado de dinero.

Enfatizó que las acciones de la Oficina de Control de Activos en el Extranjero (Ofac, en inglés), tienen múltiples consecuencias: primero la revocación de las visas para viajar a EE. UU.; luego, la congelación de los activos que se pueden ampliar a la familia y en general el bloqueo con la economía de ese país.

El problema, aseveró, es que muchas personas tienen cuentas en el exterior, pero muchos de esos bancos tienen relaciones corresponsales con bancos de EE. UU., específicamente si las cuentas son en dólares. Aclaró que las consecuencias pueden ser penales.

Marta Colomar, integrante del mismo bufete, aseguró que las empresas guatemaltecas deben estar pendientes de las políticas de sanciones económicas de EE. UU., y lo ideal es que las compañías tengan un programa de cumplimiento para evitar las consecuencias, y capacitar a los inversionistas, gerentes, accionistas y directores para evitar que estas sanciones.

Coronado recordó que, con la nueva ley de lavado de dinero de EE. UU., se puede solicitar información de cualquier cuenta, de cualquier banco, siempre y cuando se tenga una corresponsalía y las empresas deberán hacer público una vez al año quiénes son los beneficiarios finales de las empresas.

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